Como trabajador
dependiente

Los aportes deben ser realizados por tu empleador dentro de los 5 primeros días útiles posteriores a la entrega de tu sueldo.

Tu aporte está conformado por lo siguiente:

Aporte a tu Fondo:

Es el 10% de tu sueldo. Este porcentaje puede variar según la actividad de tu trabajo.
Actividad
del trabajador
Aporte
del afiliado
Aporte
del empleador
Pesca8%5%
Construcción civil10%0%
Minería/centros de producción minero,
metalúrgico y siderúrgico
10% + 2%2%

Prima de Seguro:

Representa el 1.70% de tu sueldo y te protege a ti en caso de invalidez y a tu familia frente a tu fallecimiento.

Comisión:

Existen dos tipos de comisión:
  • Comisión sobre la remuneración: el 1.69% de tu sueldo.
  • Comisión sobre el fondo: el 1.20% anual de tu fondo.

Como trabajador dependiente

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