Fecha de suscripción de solicitud de afiliación al SPP
En cualquier momento
Del 6 nov. 1996 al 31 dic. 1997
En cualquier momento
Mínimo 48 meses de aportaciones en los 10 años anteriores al:
6 dic. 1992 (entre 6 dic. 1982 y 5 dic. 1992)
1 ene. 1997 (entre 1 ene. 1987 y 31 dic. 1996)
1 ene. 2002 (entre 1 ene. 1992 y 31 dic. 2001)
Documentos:
Copia de tu Documento de Identidad
Documentos que sustenten todos los meses que has aportado al Sistema Nacional de Pensiones
Boletas de Pago de las últimas 12 remuneraciones
¿Cómo solicito el Bono de Reconocimiento?
Estos son los pasos a seguir para solicitar el Bono de Reconocimiento:
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2
3
1
Registra tu trámite
Realiza el registro de tu solicitud en nuestra Agencia Virtual prf.pe/AgenciaVirtual donde se te indicará los pasos que debes seguir para completar tu trámite
2
Evaluación de la Solicitud
Profuturo revisará que cumplas con los requisitos y enviará la Solicitud de Bono de Reconocimiento al SNP para su evaluación respectiva.
3
Resultado de la Solicitud
El SNP tiene hasta 3 años para realizar las revisiones. Si la Solicitud se aprueba, el Bono de Reconocimiento se actualizará cada mes según la variación del Índice de Precios al Consumidor.
¿Cómo se calcula el Bono de Reconocimiento?
Multiplicando tu remuneración promedio de los últimos 12 meses (como aparecen en la Solicitud de Bono de Reconocimiento) y el número de meses de aportes realizados al SNP, por un factor determinado por Ley de 0.1831.
Bono de Reconocimiento
Remuneración Promedio
Nº meses SNP
0.1831
¿Cuándo se paga el Bono de Reconocimiento?
El SNP paga el monto para que sea ingresado a tu Cuenta Individual y forme parte de tu Fondo de pensiones cuando:
Cumples 65 años
Te jubilas anticipadamente
Tienes un dictamen de invalidez total, permanente y definitivo
Falleces (para tus beneficiarios o herederos)
Si no estás de acuerdo con la Resolución emitida en Primera Instancia, tienes 15 días útiles desde que recibes la notificación para interponer:
Recurso de reconsideración
La entidad que se encarga de revisar las apelaciones es la Dirección General de Producción (DPR).
Recurso de apelación
La entidad que se encarga de revisar las apelaciones es el Tribunal Administrativo Previsional (TAP) de la ONP.
El TAP a través del rol que cumple, puede: - Conceder el uso de la palabra a los afiliados. - Solicitar aclaraciones - Solicitar información adicional
El TAP te informará, y también a Profuturo AFP, cuando emita la Resolución de segunda instancia, la cual será el Pronunciamiento Definitivo. Si el TAP reconoce que existe un “Derecho Adicional”, el expediente será enviado a la Dirección General de Producción para que esta entidad sea la que emita la resolución.
Quiero información sobre el Bono de Reconocimiento
Puedes descargar esta información a tu correo electrónico:
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Ingresa el correo electrónico al que deseas que se envíe la información de:
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